Hacia la letra A
Del certificado energético a las obras: lo que cuesta poco, las ventanas y el aislamiento, la calefacción, las ayudas y los papeles. Subir de letra, un paso cada vez.
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Dónde estás
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Vale como máximo 10 años, y 5 si la calificación es G (Real Decreto 390/2021, art. 13).
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Pide más de un presupuesto. El técnico visita la vivienda y el certificado se registra en tu comunidad autónoma (Real Decreto 390/2021, art. 6).
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El certificado incluye recomendaciones de intervenciones para mejorar la envolvente y las instalaciones (Real Decreto 390/2021, art. 8).
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Apunta los consumos en kWh, no solo los euros: son los números para comparar antes y después.
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Así sabrás qué obra reduce más la factura por cada euro invertido.
Lo que cuesta poco
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Según el IDAE, un grado de variación supone un ahorro de en torno al 7 % en climatización.
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Según el IDAE, ahorran entre un 8 y un 13 % de energía.
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Son recomendaciones del IDAE.
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Es la recomendación del IDAE para perder poco calor en invierno.
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Evitarás pérdidas de calor, según el IDAE.
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La hace una empresa instaladora autorizada.
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Para el IDAE, un ventilador de techo da una sensación de 3 a 5 °C menos con muy poco consumo.
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El IDAE recomienda limpiarlos periódicamente.
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Según el IDAE consumen diez veces menos potencia que las incandescentes y ahorran más de un 80 %.
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La ducha gasta unas cuatro veces menos agua y energía que el baño, y los cabezales de bajo consumo ahorran en torno al 50 % del agua (IDAE).
Ventanas y aislamiento
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Es lo que recomienda el IDAE para tener la casa bien aislada.
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El estudio te dice cuánto rinde en tu casa.
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En un edificio, la fachada es un elemento común: se decide en la comunidad de propietarios (Ley de Propiedad Horizontal, art. 7).
Calefacción y agua caliente
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La calculadora «Bomba de calor o caldera» usa tus precios de luz y gas.
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La Agencia Tributaria excluye de la deducción los trabajos con equipos que usan combustibles fósiles.
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El IDAE recuerda que España tiene en torno a 300 días de sol al año.
Ayudas y papeles
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Del 20 % (hasta 5.000 €) o del 40 % (hasta 7.500 €), según lo que mejore la vivienda, para obras hasta el 31 de diciembre de 2026.
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El de antes no puede ser anterior en más de dos años al inicio de las obras; el de después se compara con él (Agencia Tributaria).
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El efectivo tiene un límite de 1.000 € cuando cobra una empresa o un profesional (Agencia Tributaria).
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La ley permite bonificar hasta el 50 % del IBI y hasta el 95 % del ICIO; cada ordenanza fija las condiciones (ley de haciendas locales).
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Cambian mucho de una comunidad a otra y de un año a otro.
Después de las obras
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Si cambia algo importante en la vivienda, puedes actualizarlo voluntariamente (Real Decreto 390/2021, art. 13).
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Los necesitarás para la declaración de la renta y, un día, para vender o alquilar.
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Debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad de venta o alquiler (Real Decreto 390/2021, art. 15).
Una letra más arriba
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Conviene saber
- Las deducciones, las ayudas y las bonificaciones cambian de un año a otro y de un lugar a otro: comprueba las condiciones antes de empezar, no después.
- El certificado energético mide la vivienda, no tu gasto: dos casas con la misma letra pueden consumir distinto según cómo se viva en ellas.
- Con los precios que pagas tú, no siempre compensa subir de letra: empieza por lo que cuesta poco y pide un estudio antes de lo caro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta pasar de la letra G a la A?
No hay un precio único: depende de cómo sea la vivienda, del clima y de lo que ya tenga. Empieza por el certificado y por un estudio de un técnico: te dicen qué obras rinden más y hasta dónde compensa subir.
¿Puedo deducir las obras de eficiencia energética en el IRPF?
Sí, si cumplen las condiciones: 20 % de las cantidades pagadas (hasta 5.000 €) si reducen un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración, o 40 % (hasta 7.500 €) si reducen un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o suben la vivienda a la letra A o B. Hacen falta los certificados de antes y de después, y las obras valen hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Tengo que renovar el certificado después de las obras?
No es obligatorio, pero puedes actualizarlo voluntariamente si hay variaciones que cambien el resultado (Real Decreto 390/2021, art. 13). Para la deducción del IRPF, el certificado de después es imprescindible.
¿Se puede vender o alquilar sin certificado energético?
No: hace falta para vender o alquilar a un nuevo arrendatario un edificio o parte de él, y la etiqueta debe aparecer en el anuncio (Real Decreto 390/2021, arts. 3 y 15).
El siguiente paso
No soy asesor fiscal ni asesor financiero: esto es una estimación con fines informativos. Antes de decidir, consulta con un profesional.
- El cálculoBomba de calor o caldera
- La guíaCertificado energético: por dónde empezar
- La checklistReformar una vivienda
- La rutaCasa eficiente
Fuentes
- Real Decreto 390/2021, certificación de la eficiencia energética de los edificios, artículos 3, 6, 8, 13 y 15 — BOE
- IDAE — Recomendaciones para el ahorro energético en hogares
- Agencia Tributaria — Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas (hasta el 31/12/2026)
- Agencia Tributaria — Obras que reducen el consumo de energía primaria: certificados de antes y de después, y año de la deducción
- Agencia Tributaria — Pagos en efectivo: el límite de 1.000 €
- Ley reguladora de las haciendas locales, artículos 74.5 y 103.2.b: bonificaciones del IBI y del ICIO para instalaciones de energía solar o ambiente — BOE
- Ley de Propiedad Horizontal, artículo 7: obras en el piso y en el resto del inmueble — BOE
Para el certificado, las obras y las deducciones, hazte asesorar por un técnico competente; para los impuestos, por una gestoría o un asesor fiscal.