En resumen
- La protección de la maternidad empieza seis semanas antes de la fecha prevista del parto y termina ocho semanas después, doce en partos prematuros y múltiples. Antes del parto puedes seguir trabajando si quieres; después, no.
- En ese tiempo y el día del parto, la caja de enfermedad paga como máximo 13 € al día y el empleador completa hasta tu neto anterior. Con seguro privado o de familiar, la Oficina Federal paga como máximo 210 € en total.
- Desde el inicio del embarazo y hasta al menos cuatro meses después del parto, el empleador no puede despedirte si sabe del embarazo o se lo comunicas en dos semanas.
Quién está protegida y cuándo avisar
La protección rige para embarazadas y lactantes con relación laboral, también a tiempo parcial, en minijob, en formación o con contrato temporal. No cubre a autónomas, amas de casa ni gerentes con cargo orgánico; las funcionarias tienen un reglamento propio.
Debes comunicar al empleador el embarazo y la fecha prevista del parto en cuanto lo sepas (§ 15 MuSchG). Cuanto antes lo sepa, antes podrá adaptar tu puesto.
Los periodos de protección antes y después del parto
Las seis últimas semanas antes del parto el empleador no puede emplearte, salvo que declares expresamente tu disposición, revocable para el futuro. Cuenta la fecha prevista según el certificado; si el niño no nace en la fecha, el periodo previo se acorta o alarga (§ 3, apartado 1, MuSchG).
Tras el parto rige ocho semanas una prohibición absoluta de empleo. Son doce en partos prematuros (por ejemplo bajo 2.500 gramos), partos múltiples y, solo a tu solicitud, si en ocho semanas se diagnostica una discapacidad del hijo. Si el niño nace antes, los días no usados se añaden al final: en total 14 semanas, y 18 con doce semanas posteriores (§ 3, apartado 2, MuSchG).
En un aborto espontáneo desde la semana 13 hay, desde el 1 de junio de 2025, periodos propios: dos semanas, seis desde la semana 17, ocho desde la 20; puedes renunciar (§ 3, apartado 5). Tras la muerte del hijo puedes volver a trabajar a las dos semanas, a petición propia y con certificado (§ 3, apartado 4).
El cálculoAlemania: calculadora de la protección de la maternidad (Mutterschutz)Prestación por maternidad y complemento del empleador
Por los periodos de protección y el día del parto recibes la prestación por maternidad (Mutterschaftsgeld). Si eres miembro de una caja de enfermedad pública, paga tu neto por día natural, como máximo 13 € (§ 24i, apartado 2, SGB V, § 19, apartado 1, MuSchG). Si ganas más de 13 € netos al día, es decir, más de 390 € al mes, el empleador paga la diferencia como complemento (§ 20 MuSchG). Así recibes en conjunto tu neto anterior.
El neto diario es la suma del neto de los tres últimos meses naturales liquidados antes del periodo de protección, dividida entre 90 días. Ejemplo del ministerio: 975 € netos al mes son 32,50 € al día, de ellos 13 € de la caja y 19,50 € del empleador. Los pagos únicos, como la paga de Navidad, no cuentan (§ 21 MuSchG).
Solicita la prestación a la caja con el certificado de la fecha prevista; tras el parto envía la partida de nacimiento. El complemento lo pides después al empleador.
Seguro privado, seguro de familiar, minijob
Quien tiene seguro privado o de familiar recibe la prestación de la Oficina Federal de Seguridad Social: de una vez y como máximo 210 € en total (§ 19, apartado 2, MuSchG), si hay una relación laboral, por ejemplo un minijob. El empleador paga igualmente el complemento; con 2.400 € netos al mes faltan, frente al neto anterior, unos 1.077 €.
Con un seguro privado de subsidio diario, este paga lo pactado si no te corresponde otra compensación adecuada (§ 192, apartado 5, VVG). Una estudiante miembro de una caja recibe la prestación de la caja también en un minijob.
Impuestos y Elterngeld
La prestación por maternidad y el complemento están exentos (§ 3, n.º 1, EStG), pero elevan, por la cláusula de progresividad, el tipo sobre el resto de tu renta (§ 32b EStG). Si recibes al año más de 410 € de estas prestaciones, debes presentar declaración de la renta (§ 46, apartado 2, n.º 1, EStG).
En el Elterngeld se computan la prestación de la caja y el complemento del periodo posterior al parto, no la de la Oficina Federal (§ 3, apartado 1, n.º 1, BEEG). Los meses de vida del hijo con tales prestaciones cuentan como meses de Elterngeld básico (§ 4, apartado 4, BEEG): suelen ser los dos primeros.
Protección contra el despido y prohibición de empleo
El empleador no puede despedirte durante el embarazo, hasta cuatro meses tras un aborto espontáneo posterior a la semana 12 y hasta el fin del periodo de protección tras el parto, al menos cuatro meses (§ 17, apartado 1, MuSchG). Vale si lo sabía o se lo comunicas en las dos semanas siguientes a recibir el despido. Solo la autoridad del estado admite excepciones. Contra un despido debes demandar, por regla general, en tres semanas ante el juzgado de lo laboral (§ 4 KSchG).
Si el empleador no puede emplearte, o solo en parte, fuera de los periodos de protección por una prohibición médica de empleo (§ 16 MuSchG), paga el salario de protección de la maternidad: la media de los tres meses anteriores al embarazo (§ 18 MuSchG).
Fuentes
- § 3 MuSchG: periodos de protección antes y después del parto (en alemán)
- § 17 MuSchG: prohibición de despido (en alemán)
- § 19 MuSchG: prestación por maternidad (no miembros de una caja: 210 € como máximo; en alemán)
- § 20 MuSchG: complemento de la prestación por maternidad (en alemán)
- § 24i SGB V: prestación por maternidad de la caja de enfermedad (13 € por día natural como máximo; en alemán)
- Portal de la familia del Gobierno federal: protección de la maternidad (en alemán)
- Portal de la familia del Gobierno federal: prestaciones de maternidad (en alemán)
- Oficina Federal de Seguridad Social: prestación por maternidad, preguntas frecuentes (en alemán)
- Ministerio federal de Familia: guía de protección de la maternidad (en alemán)
Texto comprobado el 12 de octubre de 2026