Reequilibrar la cartera
La revisión anual que devuelve, con los menores costes, tu reparto entre renta variable, renta fija y liquidez al que elegiste.
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Tiempo: 1 a 2 horas, una vez al año
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¿Quito todas las marcas?
Tu reparto objetivo
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Sin un objetivo escrito no ves si algo se ha movido. La parte en renta variable debe tener en cuenta la pérdida que puedes soportar.
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Una revisión al año suele bastar; no es una ciencia exacta ni una obligación.
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Una acción sola es mucho más arriesgada que un fondo diversificado.
El día de la revisión
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Cuenta todo lo que forme parte de tu plan: fondos, ETF, cuenta de valores, planes de pensiones, depósitos.
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Vender cuesta comisiones y puede generar impuestos: las correcciones pequeñas muchas veces no compensan.
Volver al equilibrio
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No vendes nada, así que no tributas. Otras vías: vender, recomprar, pausar o subir la aportación.
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El traspaso entre fondos no tributa hasta que reembolsas; al vender ETF o acciones, la ganancia tributa (Agencia Tributaria).
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La ganancia tributa en la base del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 € y así hasta el 30 % (Agencia Tributaria).
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Si compraste a precios distintos, el precio de adquisición sale de las compras más antiguas (CNMV).
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Lo que quede se arrastra cuatro años. Si recompras lo mismo en dos meses (un año en fondos), la pérdida no cuenta todavía (Agencia Tributaria).
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La compraventa lleva comisión en cada orden; los traspasos entre fondos pueden llevarla según la entidad.
Después
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Los datos fiscales que envía tu entidad resumen ganancias y pérdidas; con un bróker extranjero lo declaras tú.
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No cuesta nada y no genera impuestos, pero tarda más.
Equilibrio recuperado
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Conviene saber
- Reequilibrar mantiene el riesgo elegido. No es una forma de ganar más, y puede significar vender lo que mejor ha ido.
- Aquí no se recomienda ningún reparto, fondo ni producto: la mezcla adecuada depende de tus objetivos y de tu plazo.
- Las reglas fiscales son las del 12 de octubre de 2026 y pueden cambiar.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto hay que reequilibrar?
No hay una regla fija. Una revisión al año suele bastar, pero no es una ciencia exacta ni una obligación. Elige una regla y síguela.
¿Se pagan impuestos al reequilibrar?
Solo si vendes con ganancia ETF o acciones, o reembolsas un fondo. Entre fondos de inversión, el traspaso no tributa hasta que reembolsas. Si diriges la aportación a la parte que ha bajado, no vendes nada.
¿Cómo se trata una pérdida al vender?
Se compensa con las ganancias del mismo año y, hasta el 25 %, con intereses y dividendos; el resto, durante los cuatro años siguientes (Agencia Tributaria).
El siguiente paso
No soy asesor fiscal ni asesor financiero: esto es una estimación con fines informativos. Antes de decidir, consulta con un profesional.
- El cálculoInterés compuesto y plan de aportaciones
- La checklistInvertir cada mes: ponlo en marcha y mantenlo
- La guía cortaInvertir cada mes, explicado fácil
- La rutaPrimeros ahorros
Fuentes
- Agencia Tributaria: régimen especial de diferimiento (traspasos entre fondos)
- Agencia Tributaria: gravamen de la base liquidable del ahorro (Renta 2025)
- Agencia Tributaria: integración y compensación de rentas en la base del ahorro
- Agencia Tributaria: pérdidas patrimoniales que no se computan (recompra de valores)
- CNMV: Fiscalidad de los fondos de inversión en el IRPF (guía, PDF)
- CNMV: traspasos entre fondos de inversión, guía rápida (PDF)
Para el reparto adecuado y para el lado fiscal de las ventas, habla con un asesor financiero independiente y registrado o con un asesor fiscal.