En resumen
- Los pequeños empresarios (Kleinunternehmer) no repercuten IVA en sus facturas y no pueden deducir el IVA soportado. Los límites: facturación del año anterior hasta 25.000 €, del año en curso hasta 100.000 €; en el año de inicio cuenta solo ese año, con 25.000 €.
- El régimen es sencillo, pero no siempre mejor: con clientes empresas y mucho IVA soportado, el régimen normal puede rendir más.
- Quien supera el límite de 100.000 € tributa con IVA ya por la facturación que lo supera.
Qué es el régimen de pequeño empresario
Desde 2025 las operaciones de los pequeños empresarios están exentas del IVA según el § 19 UStG: ya no hay que solicitarlo. La consecuencia es doble. No repercutes IVA a tus clientes, y no puedes deducir como IVA soportado el IVA que pagas en tus compras.
El cálculoAlemania: calculadora del régimen de pequeño empresario (Kleinunternehmer)Los límites
Cuenta la facturación total según los importes cobrados, sin IVA. No debe haber superado 25.000 € en el año anterior ni superar 100.000 € en el año en curso. Si la facturación del año anterior superó 25.000 €, la exención no rige en el año en curso, aunque este quede por debajo (escrito del BMF del 18/03/2025).
Ya la facturación con la que se supera el límite de 100.000 € tributa. El escrito da un ejemplo: quien tuvo 20.000 € el año anterior y 80.000 € hasta ahora y recibe y cobra un encargo de 40.000 €, tributa con IVA por ese encargo completo. Quien empieza su actividad en el año en curso, solo cuenta la facturación de ese año, y el límite es 25.000 €.
Qué cambia en la práctica
- Facturas: no indicas IVA, indicas el importe en una suma con la mención de la exención para pequeños empresarios (§ 19 UStG) y tu número fiscal o número de identificación de pequeño empresario (§ 34a UStDV). Si indicas IVA igualmente, lo debes (§ 14c UStG).
- Declaraciones: las declaraciones de IVA periódicas y la anual suelen omitirse (§ 19, apartado 1, frase 2, UStG); hay excepciones, por ejemplo en las prestaciones por las que debes el impuesto según el § 13b (§ 18, apartado 4a, UStG).
- Factura electrónica: los pequeños empresarios pueden seguir emitiendo sus facturas como factura de otro tipo, por ejemplo en PDF o en papel (§ 34a UStDV).
- IVA soportado: no puedes deducirlo de compras y gastos de tus operaciones como pequeño empresario.
El ejemplo: 30.000 € de facturación
Tuviste 18.000 € de facturación el año anterior, esperas 30.000 € este año y gastas 6.000 € al año en el negocio, con 900 € de IVA. Como pequeño empresario te quedan, antes del impuesto sobre la renta, 30.000 − 6.000 = 24.000 €.
Con el régimen normal depende del precio. Si el precio para tus clientes sigue igual, el IVA está dentro: la facturación neta baja a 25.210,08 €, los gastos cuentan netos (5.100 €), el beneficio es 20.110,08 € y 3.889,92 € de IVA van a Hacienda (impuesto cobrado menos IVA soportado). Si sumas el IVA encima, la facturación neta sigue en 30.000 € y el beneficio en 24.900 €, 900 € más que con el régimen de pequeño empresario; tus clientes pagan entonces 35.700 € en lugar de 30.000 €.
¿Cuándo compensa cada régimen?
Los clientes particulares no pueden deducir el IVA: para ellos un precio con un 19 % de IVA es más caro. Quien no los grava como pequeño empresario puede ser más competitivo. Las empresas clientes deducen el IVA: para ellas da igual, y tú ganas con el régimen normal el IVA soportado de tus gastos.
El régimen normal compensa sobre todo con inversiones altas o muchos gastos con IVA. Una referencia, si el precio sigue igual: con 30.000 € de facturación y un 19 %, el régimen normal llega al mismo beneficio solo a partir de 4.789,92 € de IVA soportado al año. Quien opta por él renuncia a la exención: la renuncia es irrevocable y vincula al menos cinco años naturales (§ 19, apartado 3, UStG).
Cómo te das de alta
Comunicas tu actividad a Hacienda con el «cuestionario de registro fiscal» (Fragebogen zur steuerlichen Erfassung), que rellenas en línea con ELSTER; Hacienda asigna después el número fiscal. Allí respondes también a las preguntas sobre la facturación esperada y el régimen de pequeño empresario (guía de las Finanzämter Hessen).
Al comenzar el año revisa la facturación del año anterior y vigila la del año en curso: con el límite de 100.000 € cuenta ya la facturación que lo supera.
La checklistAlemania: hacerse autónomo, alta, impuestos y facturasFuentes
- § 19 UStG: tributación de los pequeños empresarios (en alemán)
- Escrito del BMF del 18/03/2025: régimen especial para pequeños empresarios (escrito de aplicación del decreto de aplicación del IVA; en alemán)
- Escrito del BMF del 10/11/2025: régimen de pequeño empresario (en alemán)
- § 34a UStDV: facturas de pequeños empresarios (en alemán)
- § 18 UStG: procedimiento de tributación (apartado 4a; en alemán)
- Finanzämter Hessen: guía de tributación de influencers (actividad comercial, cuestionario de registro fiscal, pequeño empresario; en alemán)
Texto comprobado el 12 de octubre de 2026