Alemania: calculadora del régimen de pequeño empresario (Kleinunternehmer)
Si puedes aplicar el régimen de pequeño empresario y en qué se diferencia tu beneficio con y sin IVA.
¿Pequeño empresario?
Sí
aún 70.000,00 € hasta el límite de 100.000 €
- Año anterior: hasta 25.000 €
- Sin IVA
Tu volumen del año anterior (18.000,00 €) llega hasta 25.000 € y el volumen esperado este año (30.000,00 €) hasta 100.000 €: puedes aplicar el régimen de pequeño empresario y no facturas IVA.
Como pequeño empresario te quedan 24.000,00 € antes del impuesto sobre la renta. Con la tributación normal y el mismo precio para tus clientes serían 20.110,08 € (−3.889,92 €), porque el IVA está dentro del precio, pero el IVA soportado de 900,00 € reduce tus gastos. Si sumas el IVA encima, quedan 24.900,00 € (+900,00 €), y tus clientes pagan 35.700,00 € en lugar de 30.000,00 €.
No soy asesor fiscal ni asesor financiero: esto es una estimación con fines informativos. Antes de decidir, consulta con un profesional.
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¿Qué queda con y sin IVA? Como pequeño empresario los gastos cuentan en bruto; con la tributación normal, en neto.
| Pequeño empresario | Con IVA, el precio se mantiene | Con IVA, el IVA se suma encima | |
|---|---|---|---|
| Tus clientes pagan | 30.000,00 € | 30.000,00 € | 35.700,00 € |
| Ingresos netos | 30.000,00 € | 25.210,08 € | 30.000,00 € |
| Gastos de la actividad | 6.000,00 € | 5.100,00 € | 5.100,00 € |
| Beneficio antes de impuestos | 24.000,00 € | 20.110,08 € | 24.900,00 € |
| IVA a ingresar en Hacienda | 0,00 € | 3.889,92 € | 4.800,00 € |
Cómo se calcula
- La comprobación sigue el § 19 UStG y la carta de aplicación del Ministerio Federal de Finanzas del 18 de marzo de 2025: el volumen de negocios total (los cobros) del año anterior no puede haber superado los 25.000 €, y el del año en curso no puede superar los 100.000 €. Si la actividad empezó en el año en curso, cuenta solo el volumen de este año, con el límite de 25.000 €.
- La comparación calcula el beneficio antes del impuesto sobre la renta. Como pequeño empresario es el volumen menos los gastos de la actividad con el IVA pagado, porque el IVA soportado no se puede deducir. Con la tributación normal cuentan los ingresos y los gastos en neto: si el precio para el cliente se mantiene, el IVA está dentro del precio y los ingresos netos bajan a volumen ÷ (1 + tipo); si sumas el IVA encima, los ingresos netos siguen iguales y tus clientes pagan más.
- El IVA a ingresar en Hacienda es el IVA cobrado menos el IVA soportado. Para ti no es un gasto y no está en el beneficio, pero tienes que ingresarlo.
El ejemplo resuelto
Volumen del año anterior 18.000 €, esperado este año 30.000 €, gastos de la actividad 6.000 € brutos con 900 € de IVA soportado, tipo 19 %: puedes ser pequeño empresario; el beneficio antes de impuestos es 30.000 − 6.000 = 24.000 €. Con la tributación normal y el mismo precio: ingresos netos 25.210,08 €, gastos netos 5.100 €, beneficio 20.110,08 €, IVA a ingresar en Hacienda 3.889,92 €. Con el IVA sumado encima: beneficio 24.900 €, los clientes pagan 35.700 €.
Fuentes
- § 19 UStG: tributación de los pequeños empresarios (en alemán)
- Carta del BMF del 18/03/2025: régimen especial para pequeños empresarios (modificación del UStAE, secciones 19.1 y siguientes; en alemán)
- Carta del BMF del 10/11/2025: régimen de pequeño empresario (en alemán)
- § 34a UStDV: facturas de pequeños empresarios (en alemán)
- § 18 UStG: procedimiento de tributación (apartado 4a; en alemán)
Texto comprobado el 12 de octubre de 2026
Conviene saber
- Facturas: como pequeño empresario las emites sin IVA, con el importe en una sola suma y la indicación de que rige la exención para pequeños empresarios (§ 19 UStG), y con número fiscal o número de identificación de pequeño empresario (§ 34a UStDV). Si muestras IVA de todos modos, lo debes (§ 14c UStG).
- IVA soportado: no puedes deducir el IVA de compras y gastos para tus operaciones de pequeño empresario (sección 15.2 UStAE). Eso compensa sobre todo cuando no inviertes mucho.
- Obligaciones: por regla general, los pequeños empresarios no presentan declaraciones provisionales de IVA ni declaración anual de IVA (§ 19, apartado 1, frase 2, UStG); hay excepciones, entre otras, para servicios por los que debes el impuesto según el § 13b (§ 18, apartado 4a, UStG).
- Renuncia: puedes renunciar a la exención, por ejemplo si tienes mucho IVA soportado y tus clientes son empresas que deducen el IVA. La renuncia es irrevocable y vincula al menos cinco años naturales (§ 19, apartado 3, UStG).
- Factura electrónica: los pequeños empresarios pueden seguir emitiendo sus facturas como otra factura (por ejemplo en PDF o en papel) (§ 34a UStDV).
- Esto no es asesoramiento fiscal: la elección entre las reglas depende de tus clientes, tus precios y tus gastos. En caso de duda, pide consejo a una asesora o un asesor fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los límites del régimen de pequeño empresario?
El volumen de negocios total del año anterior no puede haber superado los 25.000 €, y en el año en curso no puede superar los 100.000 € (§ 19, apartado 1, UStG). Ambos valen sin IVA, calculados según los cobros.
¿Qué pasa si supero el límite durante el año?
Si superas los 100.000 € en el año en curso, ya el volumen con el que se supera el límite tributa del todo con IVA: desde ahí facturas IVA. Si el año anterior tuviste más de 25.000 €, la exención no rige en absoluto en el año en curso (carta del BMF del 18/03/2025).
¿Rige el límite de 25.000 € también en el año de inicio?
Sí: en el año en que empiezas la actividad cuenta solo el volumen de este año, y el límite es de 25.000 € y no de 100.000 € (UStAE sección 19.1, apartado 3).
¿Compensa el régimen de pequeño empresario?
Depende de tus clientes y gastos. Con clientes particulares, que no pueden deducir el IVA, como pequeño empresario te queda más si no quieres subir el precio. Con clientes empresas y mucho IVA soportado puede ser más favorable la tributación normal. Prueba arriba tus cifras.
¿Dónde indico que soy pequeño empresario?
En Hacienda, en el «cuestionario de alta fiscal» (Fragebogen zur steuerlichen Erfassung), que rellenas en línea a través de ELSTER; allí respondes también a las preguntas sobre el volumen esperado. Hacienda te asigna entonces el número fiscal.
El siguiente paso
- La guíaAlemania: ¿régimen de pequeño empresario o IVA normal?
- La checklistAlemania: hacerse autónomo, alta, impuestos y facturas
- El cálculoCalculadora de IVA: quitar o añadir el IVA