En resumen
- Con el forfettario pagas las cuotas y un impuesto del 15 %, o del 5 % en los primeros cinco años si cumples los requisitos, sobre una renta calculada con un coeficiente.
- El primer año, en gestión separada, normalmente no ingresas nada: impuestos y cuotas de ese año se pagan el año siguiente, junto con los pagos a cuenta del nuevo.
- Con 30.000 € cobrados como profesional, en junio del segundo año salen unos 10.300 €: por eso se aparta una parte de cada factura desde el primer día.
Cómo se calcula, en breve
La renta no se calcula restando los gastos reales: se multiplican los ingresos cobrados por el coeficiente de tu actividad. El 78 % para las profesiones, el 40 % para comercio, bares y restaurantes, el 86 % para construcción y actividades inmobiliarias, el 67 % para muchas otras actividades.
Sobre la renta pagas las cuotas del INPS (la Seguridad Social italiana): en gestión separada el 26,07 %; artesanos y comerciantes, una cuota fija, más un porcentaje sobre la parte que supera el mínimo. Luego, sobre la renta menos las cuotas pagadas en el año, el impuesto sustitutivo: el 15 %, o el 5 % el año en que abres y los cuatro siguientes, si cumples los requisitos.
El cálculoItalia: calculadora de impuestos del régimen forfettario 2026El ejemplo, a régimen
Una profesional en gestión separada cobra 30.000 € en un año. Renta: 30.000 × 78 % = 23.400 €. Cuotas al 26,07 %: 6.100,38 €. Con el impuesto al 5 % paga 864,98 € y le quedan unos 1.920 € al mes; al 15 % el impuesto sube a 2.594,94 € y le quedan unos 1.775 €.
Esta es la cuenta de un año cualquiera. Pero el dinero no sale cuando cobras: sale en los vencimientos de los impuestos. Y la primera vuelta va distinto.
El primer año: parece todo gratis
Los pagos a cuenta se calculan sobre el impuesto y las cuotas del año anterior. El primer año no hay un año anterior: en gestión separada, normalmente, hasta junio del año siguiente no ingresas nada.
Hay un segundo efecto. Las cuotas se restan de la renta en el año en que las pagas de verdad. El primer año no has pagado ninguna, así que el impuesto se calcula sobre los 23.400 € enteros: al 5 % son 1.170 €, no 864,98.
Artesanos y comerciantes, en cambio, pagan las cuotas fijas ya desde el primer año, en cuatro plazos: en mayo, agosto, noviembre y febrero.
El segundo año: llega todo junto
Por regla general antes del 30 de junio del segundo año, o antes del 30 de julio con un 0,40 % más, nuestra profesional paga el saldo del primer año y el primer pago a cuenta del segundo. Las fechas pueden moverse: en 2026, para los forfettari, el primer vencimiento se movió al 20 de julio. La cuenta:
- saldo del impuesto del primer año: 1.170,00 €;
- saldo de las cuotas del primer año: 6.100,38 €;
- primer pago a cuenta del impuesto, la mitad del del año anterior: 585,00 €;
- primer pago a cuenta de las cuotas: los anticipos de la gestión separada son el 80 % de las cuotas del año anterior, en dos plazos iguales, es decir 2.440,15 €;
- en total 10.295,53 €, de un golpe. Antes del 30 de noviembre llega el segundo pago a cuenta: otros 3.025,15 €.
Cuánto apartar, y por qué enseguida
En un año normal nuestra profesional paga 6.965,36 € entre cuotas e impuesto: unos 23 € de cada 100 cobrados. En el segundo año, entre junio y noviembre, salen 13.320,68.
No es un impuesto más: son las cuentas de dos años que se solapan, y luego el ritmo se asienta. Si de cada cobro apartas tu porcentaje desde el primer día, en una cuenta aparte, en junio el dinero está. El problema nace cuando el primer año ese dinero lo gastas, porque nadie te lo pide.
Si piensas que el segundo año cobrarás menos, puedes ingresar pagos a cuenta más bajos calculándolos sobre la renta prevista: si te equivocas por defecto, pagas la diferencia con sanciones e intereses. Es una decisión que se toma con el commercialista (el contable o gestor italiano).
Qué comprobar antes de abrir
- los requisitos del 5 %: ninguna actividad en los tres años anteriores, y un trabajo que no sea la simple continuación del que hacías;
- los límites: 85.000 € de ingresos, y rentas de trabajo por cuenta ajena del año anterior no superiores a 35.000 € (para 2025 y 2026; desde 2027 vuelve a 30.000 €, salvo prórroga);
- el código ATECO, que decide el coeficiente, y dónde pagarás las cuotas: gestión separada, artesanos y comerciantes o caja profesional;
- las facturas: desde 2024 también en el forfettario son electrónicas, y por encima de 77,47 € sin IVA hace falta el sello de 2 €.
Fuentes
- Ley 190/2014, apartados 54-89: el régimen forfettario — Normattiva
- Agenzia delle Entrate — instrucciones Redditi PF 2026, fascículo 3 (cuadro LM)
- Agenzia delle Entrate — instrucciones Redditi PF 2026, fascículo 1 (pagos y anticipos)
- INPS — circular n.º 8 de 3/2/2026 (gestión separada: 26,07 %)
- INPS — circular n.º 14 de 9/2/2026 (artesanos y comerciantes, plazos de las cuotas fijas)
- Agenzia delle Entrate — instrucciones Redditi PF 2026, fascículo 2 (anticipos de las cuotas del INPS: 80 % en dos plazos)
- Agenzia delle Entrate — Cómo se paga el IRPEF: saldo y anticipos
- Agenzia delle Entrate — resolución 93/E de 12/11/2019 (anticipos de los forfettari en dos plazos del 50 %)
- Agenzia delle Entrate — Régimen forfettario: las reglas
- Agenzia delle Entrate — circular 32/E de 5/12/2023 (factura electrónica para todos los forfettari)
- INPS — circular n.º 62 de 27/5/2026 (saldo y anticipos de las cuotas)
- Ley 207/2024, apartado 12 (35.000 € de trabajo por cuenta ajena en 2025 y 2026) — Normattiva
Texto comprobado el 12 de octubre de 2026