Primer día de trabajo: documentos, contrato y nómina
De la oferta a la primera nómina: lo que hay que hacer, en orden, cuando empiezas a trabajar por cuenta ajena en España.
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Tiempo: de la firma a los primeros 2 meses
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Antes de firmar
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El bruto es lo que figura en el contrato; a tu cuenta llega menos. Tienes la guía «Del sueldo bruto al neto».
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El convenio puede mejorar lo que fija la ley. El Ministerio de Trabajo tiene el registro de convenios y un mapa para orientarte.
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Si es temporal, solo vale por circunstancias de la producción o por sustitución, y la causa tiene que estar en el contrato (Estatuto, art. 15).
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Sin convenio, hasta 6 meses para técnicos titulados y 2 para los demás (3 en empresas de menos de 25 personas); en temporales de hasta 6 meses, 1 mes (Estatuto, art. 14).
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Por debajo de los 16 años está prohibido trabajar, y hasta los 18 hay puestos vetados (Estatuto, art. 6).
Los documentos que llevar
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Si no lo tienes, la empresa lo solicita al darte de alta (Ley General de la Seguridad Social, art. 139).
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Es la cuenta donde cobrarás la nómina.
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La empresa tiene que solicitarla con el contrato, y sin ella no se puede trabajar (Ley Orgánica 4/2000, art. 36).
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Sirve para calcular la retención del IRPF de tu nómina. Si cambia tu situación, vuelve a comunicarlo (Agencia Tributaria).
El primer día
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Puede hacerse de palabra, pero cualquiera de las partes puede exigir que se formalice por escrito en cualquier momento (Estatuto, art. 8).
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Los elementos esenciales del contrato y las condiciones principales, si no figuran ya en el contrato escrito (Estatuto, art. 8.5).
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La empresa está obligada a solicitar la afiliación y a comunicar el alta; si no lo hace, puedes pedirla tú (Ley General de la Seguridad Social, art. 139).
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Es obligatoria al contratarte, se da en horario de trabajo o se descuenta del tiempo, y no la pagas tú (Ley 31/1995, art. 19).
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En general es voluntario: solo es obligatorio en los casos que fija la ley (Ley 31/1995, art. 22).
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La empresa debe garantizar el registro diario de jornada y conservarlo cuatro años (Estatuto, art. 34.9).
La primera nómina
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La empresa debe entregar un recibo individual que justifique el pago (Estatuto, art. 29).
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Tienes derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año; el convenio puede prorratearlas (Estatuto, art. 31).
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4,70 % de contingencias comunes, 1,55 % de desempleo, 0,10 % de formación profesional y 0,15 % del MEI (Orden PJC/297/2026).
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La empresa calcula el porcentaje con el procedimiento de la Agencia Tributaria, a partir de tu modelo 145. Es un anticipo del impuesto.
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La ley fija al menos 30 días naturales al año; el convenio o el contrato pueden mejorarlo (Estatuto, art. 38).
En los meses siguientes
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El informe es gratuito y se descarga con certificado electrónico, Cl@ve o SMS en Import@ss, la web y la app de la Seguridad Social.
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La campaña de la renta suele ir de abril a junio: mira las fechas del año en que la hagas.
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Cualquier persona puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en persona o por la sede electrónica.
Primera nómina
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Conviene saber
- Las reglas de esta lista valen para quien trabaja por cuenta ajena en España. Para el servicio doméstico, el empleo público y otros regímenes especiales hay normas en parte distintas.
- La nómina cambia de un mes a otro: las pagas extra, las horas extra, los atrasos y los cambios en tu situación familiar mueven el líquido. La retención no es el impuesto final: se ajusta en la declaración de la renta.
- Lo que fija el convenio colectivo pesa mucho: periodo de prueba, vacaciones, jornada y pagas pueden ser mejores que el mínimo de la ley.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que firmar un contrato por escrito?
No siempre: puede hacerse de palabra, pero tiene que constar por escrito en los casos que fija la ley (por ejemplo, los temporales de más de cuatro semanas) y cualquiera de las partes puede exigir la forma escrita en cualquier momento (Estatuto de los Trabajadores, art. 8).
¿Cuánto puede durar el periodo de prueba?
Sin convenio que diga otra cosa, hasta 6 meses para los técnicos titulados y 2 meses para los demás, que son 3 en las empresas de menos de 25 trabajadores; en los temporales de hasta 6 meses, 1 mes. Tiene que constar por escrito, y es nulo si ya habías hecho esas mismas funciones en la empresa (art. 14).
¿Quién me da de alta en la Seguridad Social?
La empresa, antes de que empieces: está obligada a solicitar la afiliación y a comunicar el alta. Si no lo hace, puedes pedirla tú directamente a la Seguridad Social (Ley General de la Seguridad Social, art. 139).
¿Qué me descuentan de la nómina?
Las cotizaciones a la Seguridad Social, que en 2026 son el 6,50 % de la base en un contrato indefinido, y la retención del IRPF, que depende de tu sueldo y de tu situación familiar. La empresa paga además sus propias cuotas.
El siguiente paso
No soy asesor fiscal ni asesor financiero: esto es una estimación con fines informativos. Antes de decidir, consulta con un profesional.
- El cálculoCalculadora de indemnización por despido
- La guía, en pocos minutosDel sueldo bruto al neto
- La rutaNómina y contrato
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, artículos 6, 8, 14, 15, 29, 31, 34 y 38 — BOE
- Ley General de la Seguridad Social, artículo 139: afiliación y alta — BOE
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, artículos 19 y 22 — BOE
- Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros, artículo 36 — BOE
- Orden PJC/297/2026: cotización a la Seguridad Social en 2026 — BOE
- Agencia Tributaria — Modelo 145: comunicación de datos al pagador
- Agencia Tributaria — Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF en 2026
- Seguridad Social — Cómo obtener el informe de vida laboral
- Ministerio de Trabajo — Registro de convenios colectivos (REGCON)
- Ministerio de Trabajo — Mapa de la Negociación Colectiva
- Ministerio de Trabajo — Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (sede electrónica)
Para el contrato, la nómina y la declaración de la renta, si tienes dudas pregunta a tu sindicato, a una gestoría laboral o a un asesor fiscal.